AUSENCIA DE REGISTRO PRESUPUESTAL NO AFECTA LA EXIGIBILIDAD DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES

El Consejo de Estado señaló que el registro presupuestal corresponde a la operación mediante la cual se perfecciona el compromiso presupuestal, sin embargo, hizo énfasis en que la ausencia de aquel no afecta la exigibilidad de las obligaciones pactadas en el contrato.
En ese orden, refirió que la exigibilidad de la obligación solo se ve afectada por la existencia de un plazo o condición, más no por la ausencia del compromiso presupuestal.