COMISIÓN DE DISCIPLINA JUDICIAL ES COMPETENTE PARA INVESTIGAR A ABOGADA ASESORA EXTERNA POR PRESUNTAS FALTAS EN PROCESO CONTRACTUAL

14 Mayo 2026

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Decisión de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado

En el marco de un proceso de contratación, se evidenciaron hallazgos con incidencia disciplinaria relacionados con la revisión legal de estudios previos y la justificación de una contratación directa, documentos en los que la firma de una abogada contratada mediante contrato de prestación de servicios aparece como constancia de dicha revisión. Ante la existencia de posibles irregularidades, se abrió una investigación disciplinaria y se planteó un conflicto negativo de competencias entre la Procuraduría Provincial de Instrucción de Pereira y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Risaralda, ambas autoridades habiendo rechazado su competencia para asumir el caso.

El Consejo de Estado, tras analizar la naturaleza de las presuntas faltas y el ejercicio profesional involucrado, determinó que la autoridad competente para adelantar la actuación disciplinaria es la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Risaralda, por cuanto los hechos guardan relación directa con el ejercicio de la profesión de abogada en calidad de asesora jurídica externa, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 1123 de 2007 (Código Disciplinario del Abogado).

Adicionalmente, la Sala ordenó expedir copias de la actuación al municipio de Guática, para que el supervisor del contrato de prestación de servicios evalúe el cumplimiento de las obligaciones contractuales y adopte las medidas pertinentes conforme a las Leyes 80 de 1993 y 1474 de 2011, lo que pone de presente que la decisión tiene una doble dimensión: disciplinaria profesional y contractual.

11001-03-06-000-2025-00016-00_BP.pdf

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