COMPRAVENTA PREDIAL EN ÉPOCA DE LEY DE GARANTÍAS

10 Dic 2025

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Concepto de Colombia Compra Eficiente

La Ley de Garantías Electorales establece restricciones diferenciadas según el tipo de actuación: mientras el artículo 33 prohíbe la contratación directa —categoría en la que se ubican las promesas y contratos de compraventa en procesos de enajenación voluntaria— durante los cuatro meses previos a las elecciones presidenciales, salvo las excepciones legales, el parágrafo del artículo 38 limita la celebración de convenios interadministrativos en cualquier contienda electoral; así, la adquisición predial por expropiación no configura contratación directa ni convenio y, por tanto, no activa estas prohibiciones, y la compraventa de inmuebles solo se vería afectada por el artículo 38 cuando el proceso se instrumenta mediante convenios interadministrativos que impliquen ejecución de recursos públicos.

C-1548_BP.pdf

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