Concepto C-025 del 2023 - ADICIONES EN CONTRATOS DERIVADOS DE LA MÍNIMA CUANTÍA
Concepto C-025 del 2023 - ADICIONES EN CONTRATOS DERIVADOS DE LA MÍNIMA CUANTÍA Colombia Compra Eficiente precisa que no existe restricción legal en referencia a la adición de contratos más allá de la contenida en el artículo 40 de la ley 80 de 1993, es decir, que no supere el 50% del valor inicial del contrato. En este sentido, adicionar un contrato derivado de un proceso de mínima cuantía, en un valor que, sin superar el 50% de su monto inicial, supere el valor de la mínima cuantía de la respectiva entidad, se podría considerar un fraccionamiento y/o escogencia errónea de la modalidad de selección, contrariando los principios de la contratación y la evasión de requerimientos mayores de otras modalidades de selección, razón por la cual se debe realizar un estudio juicioso de planeación para determinar la necesidad que se pretende satisfacer y adecuarlo a la modalidad de contratación que corresponda y que satisfaga al 100% su necesidad real.
Concepto-CCE-C-030-de-2023-adicion-contrato-minima-cuantia.pdf