CONSEJO DE ESTADO DIFERENCIA LOS EFECTOS DE LA TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN Y LA FUERZA MAYOR

31 Mayo 2024

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CONSEJO DE ESTADO DIFERENCIA LOS EFECTOS DE LA TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN Y LA FUERZA MAYOR

CONSEJO DE ESTADO DIFERENCIA LOS EFECTOS DE LA TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN Y LA FUERZA MAYOR El Consejo de Estado diferenció la teoría de la imprevisión y la fuerza mayor en los siguientes aspectos. Mientras que la teoría de la imprevisión supone la ocurrencia de circunstancias imprevisibles y extraordinarias que hacen más gravosa la ejecución de una obligación, mientras que la fuerza mayor supone la imposibilidad absoluta de ejecutar las obligaciones. En el marco de la teoría de la imprevisión, el juez puede revisar el contrato e imponer, con base revisar el contrato e imponer, con base en la equidad, que se recompongan las obligaciones dinerarias que se han tornado excesivamente onerosas, sin que esto suponga que el deudor quede exonerado de su cumplimiento, salvo que se declare la terminación del contrato. Mientras que cuando ocurre un evento de fuerza mayor, el deudor queda liberado del cumplimiento de la obligación, a no ser que el contratista haya asumido el riesgo, o se haya pactado en contrario. 25000-23-26-000-2011-00696-01-1.pdf

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