CONTRATACIÓN CON ESAL Y CONVENIOS DE ASOCIACIÓN: LA PUBLICACIÓN EN SECOP NO ES OPCIONAL

29 Sep 2025

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Concepto de Colombia Compra Eficiente

En reciente concepto, Colombia Compra Eficiente aclara que la contratación con entidades sin ánimo de lucro y los convenios de asociación, regulados por el Decreto 092 de 2017, deben gestionarse exclusivamente a través de SECOP II, plataforma que garantiza transparencia y publicidad en estos procesos, sin que sea posible usar SECOP I. Estos convenios se conciben como mecanismos de cooperación y no como contratos conmutativos, por lo que no procede pactar anticipos ni pagos anticipados, aunque sí es viable establecer aportes y exigir garantías frente a incumplimientos. Adicionalmente, en lo relativo a adiciones y prórrogas, les resulta aplicable la limitación general del 50% prevista en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993.

 

C-1015_BP.pdf

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