CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS: CLÁUSULA PENAL Y LÍMITES DEL INCUMPLIMIENTO

13 Mayo 2025

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El Consejo de Estado analiza la aplicación de cláusulas penales en convenios interadministrativos.

El Consejo de Estado analiza en su sentencia del 21 de marzo de 2025 la aplicación de cláusulas penales en convenios interadministrativos. Aclara que estos convenios, aunque se celebren entre entidades públicas, son verdaderos contratos estatales con obligaciones exigibles. Por tanto, su incumplimiento puede generar la activación de cláusulas penales si así fue pactado y si se acredita el perjuicio derivado.
El fallo también resalta que el reconocimiento de la cláusula penal no puede hacerse de forma automática: debe probarse que existe una obligación indemnizatoria efectiva y que el deudor incurrió en incumplimiento sin justa causa. Igualmente, se enfatiza que el cobro de pólizas por incumplimiento no sustituye las acciones contractuales si no hay pretensión dirigida contra el asegurador, recordando la naturaleza resarcitoria y no sancionatoria de estas cláusulas en el derecho público colombiano.
CE - Naturaleza convenios interadministrativos - aplicación incuplimiento convenio, amparo de cumplimiento y clausula penal (1).pdf

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