CORTE CONSTITUCIONAL DECLARA INEXEQUIBLES ARTÍCULOS DEL PND SOBRE ASOCIACIONES PÚBLICO POPULARES

6 Mar 2026

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Comunicado de la Corte Constitucional

En reciente comunicado, la Corte Constitucional informó que, por medio de la Sentencia C-033/26 (pendiente de ser publicada), se declararon inexequibles los artículos 100 y 101 de la Ley 2294 de 2023, que regulaban las asociaciones público populares y las asociaciones de iniciativa público popular en el marco del Plan Nacional de Desarrollo. La decisión se fundamentó en que dichas disposiciones, según el análisis de la Corte, violaban la reserva de ley establecida en el artículo 150 de la Constitución para la regulación de la contratación estatal, al delegar en el Gobierno Nacional la definición de elementos esenciales de la contratación pública, como los sujetos destinatarios y las condiciones para celebrar los contratos, al igual que desconoció los límites de la potestad reglamentaria establecidos en el artículo 189-11 de la Constitución.

Comunicado-08-Febrero-25-de-2026_BP.pdf

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