27 Nov 2025
Concepto de Colombia Compra Eficiente
Colombia Compra Eficiente reitera que una sociedad extranjera no necesita constituir sucursal para presentar una oferta en un proceso de selección, salvo que resulte adjudicataria en contratos cuyo objeto implique actividades permanentes —como obras o servicios—, supuesto en el cual, conforme al Código de Comercio y la Ley 80 de 1993, debe establecer sucursal en Colombia y cumplir las exigencias legales aplicables a nacionales y extranjeros; además, dado que la enumeración del artículo 474 del Código de Comercio es meramente enunciativa, corresponde a cada entidad evaluar en la planeación si el objeto contractual implica permanencia y, de ser así, exigir la sucursal al adjudicatario.
C-1506_BP.pdf