17 Dic 2025
Concepto de Colombia Compra Eficiente
Colombia Compra Eficiente aclara que la designación de la entidad ejecutora en los proyectos financiados con recursos del Sistema General de Regalías constituye un acto administrativo por cuanto es una declaración unilateral de la administración que no requiere aceptación ni genera la condición de contratista, razón por la cual no le son aplicables las prohibiciones de contratación directa ni de celebración de convenios interadministrativos previstas en los artículos 33 y 38 de la Ley 996 de 2005.
Dichas restricciones recaen exclusivamente sobre actos de naturaleza bilateral o contractual, de modo que no pueden extenderse a una figura jurídica distinta como la designación del ente ejecutor; sin embargo, ello no excluye que, una vez realizada dicha designación, los contratos o convenios que posteriormente se celebren para la ejecución de los recursos sí deban someterse estrictamente a las limitaciones establecidas por la Ley de Garantías Electorales durante el período de su vigencia.