2 Jul 2026
Concepto de la Auditoría General de la República
En reciente concepto, la Auditoría General de la República aclaró que las multas impuestas en procedimientos administrativos sancionatorios fiscales tienen la naturaleza de ingresos corrientes no tributarios y, por tanto, deben ingresar al Tesoro Público de la entidad territorial a la que pertenece la contraloría que impuso la sanción, sin que resulte relevante la entidad en la que preste sus servicios el funcionario sancionado. En consecuencia, el destino de estos recursos no depende de la entidad en la que preste sus servicios el funcionario sancionado, sino del nivel territorial de la contraloría que impuso la multa.
Concepto 110.037.2026 Multas derivadas del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal (PASF)_BP.pdf