EICE: RECUERDEN QUE TAMBIÉN APLICAN LA LEY DE GARANTÍAS

4 Dic 2025

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El artículo 33 de la Ley 996 de 2005 impone, durante los cuatro meses previos a las elecciones presidenciales, una prohibición general de celebrar contratos por la modalidad de contratación directa para todos los entes del Estado, incluidas las empresas industriales y comerciales del Estado, sin importar su régimen jurídico o su autonomía, salvo las excepciones expresamente previstas por la norma. En consecuencia, dichas entidades solo podrán acudir a la contratación directa en ese período cuando el objeto contractual se enmarque estrictamente en las causales exceptuadas tales como defensa y seguridad del Estado, crédito público, emergencias o reconstrucción por desastres.

C-1619-1_BP.pdf

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