¿ES OBLIGATORIO OFRECER GRATUITAMENTE LOS BIENES MUEBLES ANTES DE SU ENAJENACIÓN ONEROSA?

27 Ago 2026

Precontractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

Colombia Compra Eficiente precisó que no puede afirmarse, con carácter general, que las entidades estatales deban ofrecer previamente a título gratuito sus bienes muebles a otras entidades públicas antes de proceder a su enajenación onerosa. Esto, debido a que el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015 regula el procedimiento de enajenación gratuita, pero no establece su agotamiento como requisito previo para acudir a los mecanismos de enajenación onerosa.

En consecuencia, corresponderá a cada entidad determinar el procedimiento aplicable para disponer de sus bienes, de acuerdo con las circunstancias concretas, el deber de planeación y las demás disposiciones legales, reglamentarias, contables o internas que resulten aplicables.

C-1207_BP.pdf

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