ESAL ≠ MIPYME

6 Oct 2025

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Concepto de Colombia Compra Eficiente

Colombia Compra Eficiente aclara que las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) no pueden ser consideradas como micro, pequeñas o medianas empresas (MiPymes) para efectos de la contratación pública, dado que su naturaleza jurídica excluye el ánimo de lucro y el reparto de utilidades, elementos esenciales de las sociedades comerciales. En consecuencia, las ESAL no pueden participar en procesos limitados a MiPymes, salvo aquellas que, por cumplir las condiciones del artículo 6 de la Ley 454 de 1998, sean reconocidas como cooperativas o entidades de economía solidaria. Estas últimas sí pueden ser asimiladas a MiPymes y acceder a los beneficios e incentivos diferenciales de la Ley de Emprendimiento, incluidos los procesos de selección limitados

C-1187_BP.pdf

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