MORA EN APORTES PARAFISCALES Y SU INCIDENCIA EN LA ADMISIÓN DE LA OFERTA

8 Mayo 2026

Precontractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

Frente a una eventual mora en el pago de aportes parafiscales de los oferentes de periodos anteriores, si bien una interpretación literal del artículo 50 de la Ley 789 de 2002 —modificado por la Ley 828 de 2003— permitiría considerar que el requisito para presentar oferta se satisface con la certificación expedida por el revisor fiscal o el representante legal, lo cierto es que, conforme al alcance del concepto, dicha exigencia no se agota en una formalidad, pues responde a la finalidad de evitar la evasión y la mora en el pago de estas contribuciones.

En consecuencia, Colombia Compra Eficiente aclaró que el hecho de que la norma prevea la acreditación por un periodo mínimo de seis (6) meses no exonera del cumplimiento integral de la obligación legal, de modo que la acreditación de la totalidad del pago de los aportes constituye un requisito indispensable para la presentación de la oferta.

C-1535_BP.pdf