8 Ago 2025
AUTO ADMISORIO DEMANDA - NULIDAD SIMPLE
El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad simple presentada por un ciudadano contra apartes del pliego de condiciones de la licitación pública CAR-LP-004-2024 de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR. La decisión reafirma que los pliegos de condiciones son actos administrativos de carácter general y, por tanto, cualquier persona puede demandarlos mediante el medio de control de nulidad simple (art. 137 de la Ley 1437 de 2011). Este mecanismo busca proteger el orden jurídico sin perseguir el restablecimiento de derechos subjetivos, salvo en casos excepcionales previstos en la ley. El auto ordena las notificaciones, fija gastos procesales y establece el traslado de la demanda, marcando un precedente importante sobre el control ciudadano en la contratación estatal.
CE - Es permitida la demanda por nulidad simple de cualquier ciudadano en contra de los pliegos de condiciones.pdf