1 Jun 2026
Concepto de Colombia Compra Eficiente
En reciente concepto, CCE recordó que las entidades estatales pueden celebrar contratos de compra de energía (Power Purchase Agreement – PPA), aun cuando se trate de contratos atípicos no regulados expresamente por la Ley 80 de 1993, siempre que se respeten las normas especiales del sector energético y el marco general de la contratación pública. No obstante, su celebración debe ajustarse a las reglas presupuestales de cualquier contrato, particularmente al principio de anualidad del gasto, de manera que la necesidad de acudir a vigencias futuras no depende de la naturaleza del contrato, sino de si la planeación contractual implica obligaciones que afecten vigencias fiscales posteriores.
C-780_2026_BP.pdf