12 Mar 2026
Concepto de la Auditoría General de la República
Para que un contratista sea responsable fiscalmente debe tener la calidad de gestor fiscal, lo cual implica que el objeto del contrato celebrado con el Estado le otorgue competencias específicas para manejar o administrar recursos públicos. Además, la responsabilidad fiscal puede derivarse si el contratista contribuye al daño patrimonial del Estado, lo que implica una lesión al patrimonio público ocasionada por una gestión fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente, inequitativa o inoportuna, ya sea por acción u omisión, y que se haya producido de manera dolosa o culposa.
Finalmente, en casos donde se demuestre la existencia de un daño patrimonial al Estado, el contratista puede ser declarado responsable solidario junto con otros implicados, como el ordenador del gasto, siempre que se pruebe su participación en el detrimento del erario público bajo los parámetros de culpa grave o dolo.
AGR -Concepto 110.061.2025 Proceso de responsabilidad fiscal II. Gestión fiscal. III. Responsabilidad fiscal contratistas._BP.pdf