30 Sep 2025
Sentencia del Consejo de Estado
En reciente sentencia, el Consejo de Estado recordó que la inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) no es suficiente para cumplir con los requisitos habilitantes, pues esta debe estar en firme para adquirir plena validez jurídica. Esto significa que el acto administrativo de inscripción debe haber superado el término de impugnación de 10 días o resuelto cualquier recurso interpuesto, según lo estipulado en el procedimiento administrativo.
Frente a esto, se señala que la firmeza del RUP garantiza que la información contenida en el registro sea considerada plena prueba de las condiciones habilitantes del oferente, lo que asegura la transparencia y la igualdad en los procesos de selección estatal. Además, este criterio evita que se adjudique contratos a proponentes cuya capacidad no haya sido plenamente verificada.
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