¿SOBRE QUIÉN RECAE LA RESPONSABILIDAD FISCAL DE CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES?

5 Feb 2026

Temas de interés

Concepto de la Contraloría General de la República

La Auditoría General de la República señala que, aunque los consorcios y uniones temporales son figuras que carecen de personería jurídica, la Ley 80 de 1993 les otorga capacidad contractual para celebrar contratos con el Estado, permitiéndoles ser sujetos de derechos y obligaciones.  En ese sentido, pueden comparecer en actuaciones administrativas y judiciales por medio de su representante, siempre que estén vinculadas a la adjudicación, celebración, ejecución o liquidación de contratos estatales.  Así, en procesos de responsabilidad fiscal, las contralorías pueden analizar la actuación de consorcios y uniones temporales, sin perjuicio de que la responsabilidad recaiga sobre sus integrantes, quienes deberán ser vinculados individualmente.
 

AGR -Concepto 110.002.2026 Consorcio y unión temporal. II. Responsabilidad fiscal de los consorcios y las uniones temporales._BP.pdf

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