UN CONTRATO INTERADMINISTRATIVO NO EXIME DE HACER ESTUDIOS PREVIOS NI DE ACREDITAR ESTUDIOS DE MERCADO

7 Oct 2026

Temas de interés

Sentencia CE

El Consejo de Estado precisó que la existencia de un contrato interadministrativo no releva a las entidades de cumplir, de manera independiente, con los estudios previos y de mercado que soporten el valor de los contratos que celebren para su ejecución. Se trata de negocios jurídicos autónomos que deben observar individualmente los principios de la contratación estatal. 
Además, la Sala señaló que la existencia de varias ofertas tampoco demuestra, por sí sola, que el precio contratado corresponda al valor real de mercado. Para acreditar un sobrecosto deben emplearse estudios comparables que consideren, entre otros aspectos, las características del bien o servicio, cantidad, época y lugar de adquisición, condiciones de pago, transporte, entrega e impuestos.

Sentencia 00645-2026.pdf

Contenido relacionado