Sentencia del Consejo de Estado
En reciente sentencia el Consejo de Estado reitera que la violación al principio de planeación no vicia de nulidad el contrato estatal, pues la ley no lo contempla como causal de nulidad absoluta, siendo competencia exclusiva del legislador definir las causas que invalidan un negocio jurídico. En contraste, la evasión de los procedimientos de selección objetiva sí constituye una causal de nulidad absoluta, ya que transgrede expresamente las disposiciones legales y los principios de transparencia y equidad en la contratación estatal, afectando así mismo el interés público.
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