ALCANCE DE LA RESPONSABILIDAD FISCAL DE LA INTERVENTORÍA

1 Jun 2026

Contractual

Concepto de la Contraloría General de la República

La Contraloría General de la República precisó que la responsabilidad fiscal de la interventoría no surge automáticamente por deficiencias en la planeación o ejecución del proyecto, sino que exige acreditar daño patrimonial, culpa grave o dolo y nexo causal, conforme a las obligaciones asumidas en el respectivo contrato. Asimismo, aclaró que la interventoría no garantiza el resultado final del proyecto, sino el adecuado ejercicio de vigilancia y control sobre la ejecución contractual.
La entidad también recordó que la presunción de culpa grave prevista en el artículo 118 de la Ley 1474 de 2011 procede cuando el interventor omite deberes propios de seguimiento y verificación contractual. En consecuencia, la existencia de informes, controles técnicos, ensayos y requerimientos al contratista constituye un elemento relevante para acreditar el cumplimiento de las labores de control y desvirtuar dicha presunción.

CGR-OJ-059-2026_BP.pdf

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