CCE- C – 778 de 2022 - Requisito habilitante acreditación pagos a la seguridad social
CCE- C – 778 de 2022 - Requisito habilitante acreditación pagos a la seguridad social En Concepto de Colombia Compra Eficiente, CCE- C – 778 de 2022, se ha establecido que la acreditación de pagos de seguridad social y aportes legales de las personas jurídicas, personas naturales y proponentes plurales es para la suscripción del contrato y durante la ejecución para la realización de cada pago. En este sentido, el adjudicatario debe presentar, para la suscripción del respectivo contrato, ante la dependencia respectiva, la declaración donde acredite el pago correspondiente a seguridad social y aportes legales cuando a ellos haya lugar. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias que acrediten los proponentes en los procedimientos de selección deben ser veraces y advierte que subsanación no será válida cuando aporte la acreditación de circunstancia ocurridas con posterioridad al cierre, ni cuando se verifique la que inexactitud es imputable a una posible falsedad.
Concepto-CCE-C-778-de-2022-Aportes-a-seguridad-social-personal-natural-1.pdf