¿CÓMO SE ACREDITA LA CONDICIÓN DE MUJER CABEZA DE FAMILIA O VÍCTIMA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR PARA ACCEDER A FACTORES DE DESEMPATE?

11 Feb 2026

Precontractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

La verificación de la condición de mujer cabeza de familia se realiza mediante una declaración ante notario, conforme al artículo 2 de la Ley 82 de 1993, en la cual se deben expresar las circunstancias básicas del caso, sin que se generen costos notariales para la declarante.  Por otro lado, la condición de mujer víctima de violencia intrafamiliar se acredita mediante una medida de protección expedida por la autoridad competente, como el comisario de familia, el juez civil municipal o promiscuo municipal, o la autoridad indígena en casos de violencia intrafamiliar en comunidades indígenas, según lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1257 de 2008.  

En ambos casos, los documentos deben ser presentados de manera completa e íntegra junto con la oferta, antes del cierre del proceso de selección, ya que estos factores de desempate son insubsanables y determinan la adjudicación del contrato en caso de empate.
 

C-736_BP.pdf