DIRECTRICES SOBRE EL REGISTRO DE OBRAS CIVILES INCONCLUSAS

5 Nov 2025

Temas de interés

Concepto de la Contraloría General de la República

En reciente concepto, la Contraloría General de la República establece que el comité técnico encargado de calificar una obra como inconclusa debe ser designado por el representante legal de la entidad contratante, quien seleccionará a los miembros con conocimientos específicos sobre la obra. Además, aclara que las decisiones sobre obras inconclusas deben ser tomadas por el ordenador del gasto que contrató la obra y que el registro de estas obras debe realizarse en el sistema SIRECI, cumpliendo con los formatos y plazos establecidos en la normativa. También se señala que, en caso de no existir obras inconclusas, las entidades deben rendir el formato correspondiente sin información diligenciada, y el incumplimiento en la rendición de esta información puede generar sanciones administrativas.

CGR–OJ-156-2025.pdf

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