¿EN QUÉ CASOS NO PROCEDE LA REDUCCIÓN PROPORCIONAL DE LA CLÁUSULA PENAL?

28 Oct 2025

Contractual

Sentencia del Consejo de Estado

En reciente sentencia, el Consejo de Estado aclaró que la reducción proporcional de la cláusula penal no procede cuando las partes han estipulado expresamente que esta se aplicará en casos de incumplimiento total o parcial de la obligación principal, ya que la autonomía de la voluntad prevalece sobre la regla general de reducción proporcional.  Asimismo, no es aplicable cuando la obligación principal es indivisible por naturaleza o por disposición expresa de las partes, lo que determina que la pena accesoria también sea indivisible y se ejecute en su totalidad, incluso si el cumplimiento de la obligación principal es parcial.

69.029_BP.pdf

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