ENTIDADES DE RÉGIMEN ESPECIAL DEBEN APLICAR LEY 80 CUANDO EJECUTEN RECURSOS DEL SGR

21 Mayo 2026

Contractual

Concepto CCE

Colombia Compra Eficiente reiteró que las entidades con régimen especial de contratación no pueden aplicar reglas de derecho privado cuando actúan como ejecutoras de proyectos financiados con recursos del Sistema General de Regalías. En estos casos, el artículo 37 de la Ley 2056 de 2020 obliga a aplicar el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

En esa línea, el concepto precisó que dicha obligación también comprende la aplicación de documentos tipo y el deber de publicar la actividad contractual en SECOP cuando el proceso esté financiado con recursos del SGR. La Agencia señaló que la remisión al EGCAP tiene carácter obligatorio y prevalente, independientemente de la naturaleza jurídica o del régimen contractual ordinario de la entidad ejecutora.

C-417.pdf

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