21 Oct 2025
Sentencia del Consejo de Estado
En reciente sentencia, el Consejo de Estado destacó que, aunque los contratos a precio global fijo suelen implicar que el contratista asuma los riesgos previsibles de ejecución, esto no excluye la posibilidad de pactar fórmulas de reajuste de precios para preservar el equilibrio económico contractual frente a eventos extraordinarios. Sin embargo, en este caso específico, se concluyó que no existían elementos suficientes para aplicar dicho mecanismo, ya que ni el contrato ni los pliegos de condiciones contemplaron fórmulas de ajuste, y no se demostró la ruptura del equilibrio económico ni el impacto de alzas en los insumos.
60.332_BP.pdf