LA CALIDAD DE SERVIDOR PÚBLICO NO BASTA PARA INCREMENTAR EL TÉRMINO DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL

4 Sep 2026

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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia

La Corte Suprema de Justicia precisó que la sola calidad de servidor público no basta para incrementar el término de prescripción de la acción penal. Para aplicar la regla prevista en el artículo 83 del Código Penal, debe acreditarse que la conducta punible fue cometida en ejercicio de las funciones del cargo o con ocasión de ellas.

Esta última circunstancia también se configura cuando, aun sin existir una relación directa entre el delito y las funciones oficiales, media una relación de ocasión u oportunidad, es decir, cuando el servidor aprovecha su vinculación funcional para favorecer la comisión del ilícito. En el caso analizado, la Corte encontró acreditada esa relación y consideró procedente aplicar el incremento del término de prescripción

SP777-2026(69048)_BP.pdf