LA EJECUCIÓN TOTAL DEL CONTRATO EXCLUYE TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN

10 Jun 2026

Contractual

Sentencia del Consejo de Estado

El Consejo de Estado recuerda que a los contratos estatales sometidos al derecho privado no les resulta aplicable el principio de equilibrio económico previsto en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de manera que las reclamaciones encaminadas a obtener el restablecimiento de la ecuación financiera del contrato no pueden fundarse en dicha figura. Por el contrario, cualquier alteración extraordinaria de las prestaciones debe examinarse a la luz del artículo 868 del Código de Comercio, figura que únicamente autoriza la revisión respecto de prestaciones de futuro cumplimiento y no frente a obligaciones ya ejecutadas o contratos terminados.

En el caso concreto, no resultó procedente el restablecimiento del equilibrio económico bajo las reglas de la contratación pública y tampoco procedía la revisión prevista en el derecho mercantil, pues las obligaciones ya habían sido cumplidas y recibidas a satisfacción.

71860_BP.pdf

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