NATURALEZA Y ALCANCE DE LA ADMINISTRACIÓN DELEGADA

24 Feb 2026

Contractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

La administración delegada se ha entendido de dos maneras: como un mandato, en el que el contratista actúa por cuenta del contratante y recibe el costo real más un porcentaje por administración y utilidad, o como una modalidad de administración y pago no necesariamente asociada al mandato; así, conforme al principio de autonomía de la voluntad, las entidades pueden pactarla como forma de mandato o como modalidad de administración de recursos, según consideren.

No obstante, aunque en la administración delegada como mandato se integren sus normas, ello no implica que el contratista actúe en representación del contratante frente a terceros, pues la representación no es elemento esencial del mandato, y en todo caso su aplicación exige que la entidad ejecutora tenga objeto idóneo y que se defina respecto de un objeto contractual específico, pudiendo las partes acordar las condiciones necesarias para su ejecución.
 

C-1858_BP.pdf

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