PRINCIPIO DE PUBLICIDAD NO IMPLICA DIVULGAR SECRETOS EMPRESARIALES

8 Jul 2026

Precontractual

Concepto

Colombia Compra Eficiente precisó que la obligación de publicar la información contractual en el SECOP no es absoluta y debe armonizarse con la protección de los secretos comerciales, industriales y demás información estratégica amparada por reserva legal. En consecuencia, las entidades estatales, incluso las sometidas a régimen especial, deben garantizar la máxima publicidad de la información pública, pero abstenerse de divulgar aquella que constituya secreto empresarial, realizando este análisis en cada caso concreto y, cuando sea posible, publicando versiones parciales o anonimizadas de los documentos, conforme a la normativa aplicable y al principio de transparencia.

C-659-2026.pdf