8 Mayo 2025
Contractual
Consejo de Estado se pronuncia respecto a la nulidad absoluta en contratos por vicios graves
En reciente sentencia del Consejo de Estado se aborda los fundamentos jurídicos para declarar la nulidad absoluta de un contrato estatal cuando se comprueban vicios graves, como desviación de poder, causa ilícita u objeto ilícito. El fallo también señala que, aunque la acción para solicitar la nulidad pueda caducar, los jueces tienen la facultad y el deber de declararla de oficio si la ilegalidad es manifiesta, garantizando así la protección del interés público frente a irregularidades contractuales.
Por ultimo, la sentencia profundiza en el régimen de restituciones mutuas tras la nulidad, explicando que, en contratos de ejecución sucesiva, la compensación pecuniaria reemplaza la restitución material cuando esta es inviable. Además, establece que, en casos de corrupción o ilicitud, el contratista solo puede reclamar el valor de las prestaciones que efectivamente beneficiaron a la entidad, excluyendo utilidades y sumas desviadas ilegalmente. Este enfoque refuerza los principios de transparencia y responsabilidad en la contratación pública, evitando enriquecimientos injustos.
149_Sentencia_70045ObraArmeniaFirm_0_20250408145225293 (1).pdf