¿PUEDE UN PENSIONADO POR INVALIDEZ SER CONTRATISTA?

14 Ene 2026

Contractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

La condición de persona natural pensionada por invalidez no constituye, por sí sola, un impedimento para celebrar un contrato de prestación de servicios con entidades públicas ni afecta el derecho al reconocimiento y pago de la mesada pensional, dado que esta última posee una naturaleza distinta a los ingresos derivados del contrato y siempre que no se configure una prohibición legal expresa.

No obstante, la entidad debe verificar que las actividades sean compatibles con el grado de pérdida de capacidad laboral del pensionado. Además, en materia de seguridad social, los pensionados por invalidez no cotizan al Sistema General de Pensiones durante la ejecución del contrato, pero sí deben afiliarse y cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud si perciben ingresos iguales o superiores a un salario mínimo mensual legal vigente.

C-1769_BP.pdf

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