RÉGIMEN APLICABLE A LAS ESALES DE CONFORMACIÓN MIXTA 

22 Ene 2026

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Concepto de Colombia Compra Eficiente

Las entidades sin ánimo de lucro de conformación mixta, creadas con participación de entidades públicas y particulares, no adquieren por ese solo hecho la naturaleza de entidades estatales ni se asimilan a las sociedades de economía mixta, razón por la cual su régimen jurídico general es el de derecho privado; sin embargo, cuando en su conformación o funcionamiento existe participación estatal mayoritaria, o cuando ejecutan o administran recursos públicos, quedan sometidas funcionalmente a las reglas, principios, controles propios de la función administrativa y la consideración de sus representantes como servidores públicos para efectos contractuales, sin que ello suponga la aplicación integral del EGCAP salvo disposición legal expresa.

_C-1804_BP.pdf

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