4 Feb 2026
Sentencia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado recuerda que la declaratoria de nulidad absoluta de un contrato genera como efectos la desaparición del contrato del ámbito jurídico, la extinción de todas las obligaciones derivadas del mismo y la restitución de las partes al estado en que se encontraban antes de la existencia del contrato. Así mismo, en los contratos regidos por la Ley 80 de 1993, cuando se declara la nulidad absoluta por objeto o causa ilícita, el contratista tiene derecho a ser restituido por el valor equivalente a las prestaciones ejecutadas, siempre que se demuestre que la entidad se benefició de estas para satisfacer un interés público.
55104_BP.pdf