CCE RATIFICA LA PREVALENCIA DEL PLIEGO DE CONDICIONES DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

18 Jun 2026

Concepto CCE

Colombia Compra Eficiente precisó que los pliegos de condiciones deben elaborarse, interpretarse y aplicarse conforme a la Constitución, la ley y la reglamentación vigente. No obstante, al tratarse de actos administrativos, gozan de presunción de legalidad y obligan a la entidad y a los proponentes mientras no sean anulados por la jurisdicción contencioso-administrativa.
En consecuencia, cuando exista una aparente contradicción entre las reglas contenidas en el pliego y las normas que le sirven de fundamento, prevalecen las condiciones expresamente establecidas en el documento del proceso de selección. Lo anterior sin perjuicio de que los interesados formulen observaciones o ejerzan los mecanismos judiciales previstos para controvertir su legalidad.
 

C-833.pdf