21 Ago 2026
Sentencia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado declaró la nulidad de los actos que declararon la caducidad de un contrato, al considerar vulnerados los derechos de audiencia y defensa del contratista. La Sala precisó que, aun sin existir un procedimiento legal específico para la época, la entidad debía garantizarle conocer las razones de la decisión, presentar explicaciones, solicitar y aportar pruebas y controvertir las allegadas en su contra.
Además, indicó que, los informes de interventoría pueden servir como insumos, pero no sustituyen este procedimiento. Tampoco el trámite para imponer multas puede reemplazar el requerido para declarar la caducidad. Como consecuencia, también se anuló la liquidación unilateral, pues al desaparecer retroactivamente la caducidad, la entidad perdió la competencia para liquidar el contrato en esas condiciones.