GARANTÍAS DE CALIDAD Y OBLIGACIONES POSTCONTRACTUALES: PROTEGIENDO A LA ENTIDAD

1 Ago 2025

Postcontractual

Sentencia del Consejo de Estado

El Consejo de Estado reafirma que las garantías de calidad y las obligaciones postcontractuales subsisten más allá de la liquidación del contrato, especialmente cuando los defectos no son evidentes al momento del recibo. Además, aclara que los seguros de cumplimiento están destinados a proteger al acreedor de la obligación garantizada, no al tomador de la póliza. Así mismo, al definir criterios para valorar incumplimientos graves y destacar la importancia de pruebas técnicas y documentales, remarca la protección de las entidades públicas frente a incumplimientos contractuales, garantizando la ejecución adecuada de los proyectos y el resarcimiento de los perjuicios causados. 71.258_BP.pdf

Contenido relacionado