ENTIDADES TERRITORIALES PUEDEN PAGAR OBLIGACIONES LABORALES DE VIGENCIAS ANTERIORES COMO PASIVOS EXIGIBLES, SI SU RÉGIMEN PRESUPUESTAL LO PERMITE

9 Sep 2026

Postcontractual

Concepto MINHACIENDA

En reciente concepto el Ministerio de Hacienda y Crédito Público señaló que la falta de constitución de cuentas por pagar por obligaciones laborales causadas en vigencias anteriores no extingue el deber de pago de la entidad. Sin embargo, estas obligaciones no pueden imputarse como gastos ordinarios de la vigencia actual, pues ello desconocería el principio de anualidad presupuestal.
Para atenderlas, la entidad territorial puede acudir al mecanismo de “Pasivos Exigibles – Vigencias Expiradas”, siempre que este se encuentre reglamentado en su Estatuto Orgánico de Presupuesto o contemplado en las disposiciones generales del acuerdo mediante el cual se adopta el presupuesto. Su aplicación exige verificar la existencia de la obligación y adelantar el procedimiento administrativo, presupuestal y contable correspondiente, y no procede cuando se configuren hechos cumplidos.

DOC-20260905-WA0017.pdf