LIQUIDACIÓN CONTRACTUAL NO EXTINGUE OBLIGACIONES DE PAGO

30 Abr 2026

Postcontractual

Concepto CGR

La Contraloría General de la República precisó que la suscripción del acta de liquidación de un contrato estatal no extingue las obligaciones económicas pendientes a favor del contratista. Si el contrato fue ejecutado y liquidado, pero el pago no se efectuó en su totalidad, la suma adeudada se convierte en un pasivo exigible que la entidad está obligada a solventar.

Para ello, la entidad debe acudir a la figura de los pasivos exigibles por vigencias expiradas (PEVE), que permite pagar con cargo a la vigencia en curso compromisos legalmente adquiridos en vigencias anteriores. La CGR recordó que la administración pública no puede enriquecerse sin justa causa a expensas del contratista.​​​​​​​​​​​​​​​​

CGR-OJ-049-2026.pdf

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