18 Sep 2026
Sentencia CE
El Consejo de Estado reiteró que, cuando un contrato estatal ha sido liquidado unilateralmente mediante acto administrativo, este define el balance económico final de la relación contractual y goza de presunción de legalidad.
Por tanto, quien pretenda modificar dicho balance mediante una reclamación por desequilibrio económico debe controvertir judicialmente el acto de liquidación. La omisión de esta pretensión genera ineptitud sustantiva de la demanda.