NULIDAD Y SANCIONES EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL: PODERES DE LA ADMINISTRACIÓN Y LÍMITES JURÍDICOS

19 Mayo 2025

Contractual

Diferencia entre nulidad absoluta y relativa

El concepto emitido por Colombia Compra Eficiente analiza las causales de nulidad de los contratos estatales, diferenciando entre nulidad absoluta y relativa. La primera incluye supuestos como celebración con personas inhabilitadas o con desviación de poder; mientras que la segunda abarca otros vicios subsanables por ratificación o por el paso del tiempo. También se establece que el régimen de nulidades del Estatuto de Contratación incorpora reglas del derecho civil y comercial, lo cual refuerza la necesidad de interpretación sistemática del marco legal aplicable.
Además, el documento explica el alcance de las potestades unilaterales de las entidades públicas, conocidas como “facultades exorbitantes”, que les permiten modificar, interpretar o terminar contratos unilateralmente. Respecto a la ejecución extemporánea de contratos, se aclara que el vencimiento del plazo no impide su cumplimiento ni limita la posibilidad de iniciar un proceso sancionatorio si se configuran incumplimientos. El uso de estos mecanismos se ajusta al artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y debe hacerse garantizando el debido proceso y observando los principios constitucionales de legalidad y proporcionalidad.
DOC-20250518-WA0019. (1).pdf

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