17 Dic 2025
Sentencia del Consejo de Estado
El pliego de condiciones constituye la norma que rige tanto el procedimiento de selección del contratista como el contrato a suscribir, siendo considerado la ley del proceso de selección y del futuro contrato. En este sentido, el pliego de condiciones es vinculante para los proponentes y para la propia administración, garantizando la transparencia y la selección objetiva. Además, este debe contener reglas claras que propicien un tamiz imparcial, evitando privilegios o discriminaciones, y que la oferta más favorable debe ser elegida con base en la ponderación de los elementos de calidad y precio, soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego.
72351_BP.pdf