10 Mar 2026
Sentencia del Consejo de Estado
En reciente sentencia, el Consejo de Estado estableció que, en los contratos celebrados por entidades públicas que operan en mercados regulados, el régimen jurídico aplicable puede ser el derecho privado cuando las actividades desarrolladas no implican el ejercicio de funciones administrativas. Asimismo, señaló que la divulgación de la información contenida en los estados financieros públicos de una entidad no vulnera la reserva legal, dado que es obligación de toda sociedad comercial preparar y difundir anualmente sus estados financieros de propósito general, debidamente certificados. Estos tienen carácter público y pueden ser consultados por quienes lo soliciten ante la respectiva cámara de comercio.
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