Obligaciones postcontractuales
A pesar de la suscripción del acta de recibo a satisfacción y del acta de liquidación del contrato, el consultor conserva la obligación de responder patrimonialmente por los perjuicios derivados de defectos en los diseños. Esta responsabilidad no se limita ni se extingue con la entrega de los productos ni con la finalización formal del vínculo contractual, en tanto no existieron cláusulas expresas de exoneración. Así, la garantía de calidad pactada —consistente en corregir, aclarar o complementar los diseños— continúa vigente durante la ejecución de las obras.
La póliza de cumplimiento refuerza esta conclusión, ya que el seguro se mantiene activo para cubrir riesgos que persisten más allá de la terminación del contrato. Por tanto, la entidad puede exigir tanto la indemnización de los perjuicios causados por defectos en los diseños como la ejecución de la garantía de calidad. La aceptación de los diseños no puede entenderse como una renuncia a reclamar por vicios ocultos o incumplimientos que solo se evidencien posteriormente, dado que tales obligaciones no fueron excluidas ni modificadas expresamente por las partes.
Sentencia_CE_71258_2025_CCON_(Acta de recibo, incumplimiento grave, garantia de calidad y perjuicios).pdf