23 May 2023
Consejo de Estado - Prima de éxito - 57082
Consejo de Estado - Prima de éxito - 35.268
23 May 2023
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Consejo de Estado - Prima de éxito - 35.268
Consejo de Estado - Prima de éxito - 35.268 El Consejo de Estado señala que al pactar “comisión de éxito” en contratos de prestación de servicios deben cumplirse algunas reglas y principios, los cuales, se detallan en la sentencia. CE-principios-CE-prima-de-éxito.pdfColombia Compra Eficiente - Prima de éxito
23 May 2023
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Colombia Compra Eficiente - Prima de éxito
Colombia Compra Eficiente - Prima de éxito Colombia Compra señaló que en este tipo de contratos puede pactarse como forma de pago que esta será por “prima de éxito” o “cuota litis” y refiere que debe realizarse la apropiación presupuestal de los recursos. CCE-2019-Prima-de-éxito.pdfConsejo de Estado - Prima de Éxito - 48.860
23 May 2023
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Consejo de Estado - Prima de Éxito - 48.860
Consejo de Estado - Prima de Éxito - 48.860 Pactar comisión de éxito a un mandatario judicial no contraviene una norma imperativa ni su pacto está prohibido por la Ley. El Consejo de Estado condenó a una Entidad a pagar la prima de éxito a una entidad. CE-48860-2021-prima-de-éxito.pdfDEBIDA NOTIFICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO ES NECESARIA PARA EXIGIR REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD DE LA DEMANDA
17 May 2023
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DEBIDA NOTIFICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO ES NECESARIA PARA EXIGIR REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD DE LA DEMANDA
DEBIDA NOTIFICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO ES NECESARIA PARA EXIGIR REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD DE LA DEMANDA Tribunal Administrativo de Boyacá señaló que las Entidades, al notificar los actos administrativos, deben identificar de manera expresa las autoridades ante quienes deben interponerse los recursos que llegaren a proceder contra la respectiva decisión y los plazos para hacerlo, so pena que el acto se entienda indebidamente notificado y no le sea exigible al destinatario del mismo la interposición de los recursos como requisito de procedibilidad para iniciar las acciones que considere en contra de este. TAB-Notificación-AA.pdf¿PARA CONTRATAR CON ESAL SIEMPRE DEBE APLICARSE EL DECRETO 092/2017?
16 May 2023
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¿PARA CONTRATAR CON ESAL SIEMPRE DEBE APLICARSE EL DECRETO 092/2017?
¿PARA CONTRATAR CON ESAL SIEMPRE DEBE APLICARSE EL DECRETO 092/2017? Colombia Compra Eficiente señala que NO, pues, el Decreto solo aplica para la suscripción de contratos de colaboración y convenios de asociación. Por su parte, CCE hizo énfasis en que la modalidad de selección para contratar con una ESAL dependerá del tipo de Entidad y del objeto del contrato o convenio a contratar, razón por la cual, no en todos los casos debe aplicarse el procedimiento establecido en el Decreto 092 de 2017. Decreto-092-de-2017-Art-355.pdf¿Pueden imponerse multas frente a obligaciones cumplidas?
16 May 2023
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¿Pueden imponerse multas frente a obligaciones cumplidas?
¿Pueden imponerse multas frente a obligaciones cumplidas? Consejo de Estado señala que atendiendo a la finalidad conminatoria de las multas, estas no pueden ser impuestas frente a obligaciones cumplidas, pues, su finalidad pasa por apremiar al contratista para que cumpla sus obligaciones, y no, por sancionarlo ante el incumplimiento. 16-DE-MAYO-2023-1.pdfSentencia CE - RENUNCIA PROTOCOLARIA - CARGOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN
15 May 2023
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Sentencia CE - RENUNCIA PROTOCOLARIA - CARGOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN -
Sentencia CE - RENUNCIA PROTOCOLARIA - CARGOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN - Leyenda: El Consejo de Estado en Sentencia con radicado 02869 de 2017, definió la renuncia protocolaria como aquella solicitud que hace el nominador al funcionario para apartarlo de su servicio como un acto de cortesía y no hacer uso de sus facultades discrecionales, como lo es la declaratoria de insubsistencia “en niveles directivos de libre nombramiento y remoción la insinuación de la presentación de la renuncia no es ilegal, pues ello obedece, en razón de la naturaleza del cargo, a la posibilidad de la máxima autoridad de la entidad de conformar su equipo de trabajo y de permitirle al funcionario una salida ajena a cualquier connotación negativa." Sentencia_02869_de_2017_Consejo_de_Estado.pdfCSJ ALCANCE DEL DELITO DE PECULADO POR USO
8 May 2023
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CSJ ALCANCE DEL DELITO DE PECULADO POR USO
CSJ ALCANCE DEL DELITO DE PECULADO POR USO En reciente fallo, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, señaló sobre el delito de peculado por uso que dicha conducta punible “… no exige para su estructuración que se presente menoscabo material de los bienes, sino que basta la sola contradicción con el normal funcionamiento de la administración pública, puesta de manifiesto en la falta de escrúpulo por parte del servidor público en el manejo de las cosas que se le han sido confiadas por razón o con ocasión de sus funciones. Por ende, no es indispensable que se produzca deterioro”. CSJ-Peculado-por-Uso-SP083-202359636.pdfConcepto CCE C-063 del 2023 - Comités de Contratación
8 May 2023
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