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7 Feb 2025
En reciente concepto CCE, señaló que en virtud de lo establecido en el art. 95 de la Ley 2166 de 2021, los organismos de acción comunal tienen la posibilidad de celebrar convenios solidarios directamente con entidades del orden nacional, departamental, distrital y municipal. Sin embargo, deben cumplirse ciertas reglas:
Objeto limitado: El convenio debe tener como único objeto la ejecución de obras.
Límite de la menor cuantía: El valor del convenio no podrá superar la menor cuantía de la entidad.
Contratación con la comunidad: Las obras deben ser ejecutadas por los habitantes de la comunidad.
Costos adicionales: En el convenio, la entidad puede incluir costos directos, costos administrativos y un subsidio para el representante legal del organismo, siempre que estén debidamente justificados.
Apoyo técnico: Las entidades deben contar con personal técnico y administrativo-contable para supervisar y apoyar a los organismos de acción comunal durante la ejecución de las obras.
7 Feb 2025
En concepto CCE, señaló que es jurídicamente viable que los proponentes plurales presenten propuestas para la adjudicación, celebración y ejecución de contratos estatales con una o varias entidades, siempre y cuando se ajusten a los requisitos y criterios del pliego de condiciones.
Para poder participar, deben cumplir dos condiciones esenciales:
Decisión conjunta de presentar una propuesta.
Alinear el objeto del consorcio con las actividades del contrato.
7 Feb 2025
En lo que respecta al cómputo de la caducidad de contratos que requieren liquidación, se reitera Sentencia de Unificación de la Sección Tercera (1 de agosto de 2019, radicado 62009), en la cual se indica que, en los casos en que la liquidación se realice por fuera del término legal para su adopción por mutuo acuerdo (4 meses) y del período de liquidación unilateral (2 meses), pero dentro de los 2 años posteriores al vencimiento del plazo para la liquidación unilateral, esta puede ser debatida en sede judicial.
En la misma línea, indica que las salvedades como parte integrante del acta bilateral de liquidación también están sujetas al término máximo de dos años para su respectivo reclamo ante la jurisdicción, por lo que, aquellas que se formulen y pretendan reclamarse por fuera del tiempo fijado por el legislador, no pueden ser debatidas en sede judicial.
103.pdf7 Feb 2025
Colombia Compra Eficiente, en Concepto C-053 de 2025, define las cláusulas exorbitantes como disposiciones que permiten a la administración evitar la paralización en la ejecución de un contrato, estando estas reservadas para quien la ley autorice.
Frente a lo anterior, la Contraloría General de la República emite trimestralmente un boletín con los nombres de personas o entidades responsables fiscalmente, frente al cual las entidades deben evitar contratar con quienes aparecen en esta lista.
Adicionalmente, un fallo de responsabilidad fiscal puede llevar a la declaración de caducidad del contrato, inhabilitando al contratista por un periodo de cinco años desde la ejecución del acto que declara la caducidad, y obligándolo a ceder su posición contractual
102.pdf7 Feb 2025
Colombia Compra Eficiente, en Concepto C-053 de 2025, define las cláusulas exorbitantes como disposiciones que permiten a la administración evitar la paralización en la ejecución de un contrato, estando estas reservadas para quien la ley autorice.
Frente a lo anterior, la Contraloría General de la República emite trimestralmente un boletín con los nombres de personas o entidades responsables fiscalmente, frente al cual las entidades deben evitar contratar con quienes aparecen en esta lista.
Adicionalmente, un fallo de responsabilidad fiscal puede llevar a la declaración de caducidad del contrato, inhabilitando al contratista por un periodo de cinco años desde la ejecución del acto que declara la caducidad, y obligándolo a ceder su posición contractual.
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Decreto
Concepto CCE
Concepto CCE
Decreto
Concepto CCE
Concepto CCE
Sentencia del Consejo de Estado
Concepto de Colombia Compra Eficiente
Proyecto de Ley
"Porque creemos en la construcción de un mejor país, le apostamos a la 'revolución de los corazones' cambiando la forma de pensar en lo público y privado, renovando la fe en hacer las cosas bien.”
Jorge Hernán Beltrán Pardo
Socio Fundador
25 Ene 2025
Se ha declarado el Estado de Conmoción Interior en el Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González, debido a la grave perturbación del orden público que afecta la seguridad y estabilidad institucional. Esta medida responde a la crisis de seguridad que amenaza la convivencia pacífica en estas regiones. El Decreto 0062 de 2025 establece que la duración inicial del Estado de Conmoción Interior será de 90 días, con posibilidad de prórroga. Las medidas incluyen control del territorio, protección civil, atención humanitaria y fortalecimiento institucional para restaurar el orden público en las áreas afectadas.
10. DECRETO 0062 DEL 24 DE ENERO DE 2025[1].pdf