MATRIZ DE FACTORES DE DESEMPATE

13 Febrero, 2026

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MATRIZ DE FACTORES DE DESEMPATE

En Beltrán Pardo estamos comprometidos con la construcción de país, y por eso,  ponemos a tu disposición nuestra MATRIZ DE FACTORES DE DESEMPATE actualizada con la normatividad vigente y con conceptos de Colombia Compra Eficiente, la cual es una herramienta diseñada para facilitar su correcta aplicación y fortalecer la transparencia, objetividad y seguridad jurídica en tus procesos de selección.

  • Formato: XLS
  • Autor: Beltrán Pardo Abogados

NUEVA CIRCULAR CONJUNTA DE LA PROCURADURÍA Y LA CONTRALORÍA

12 Feb 2026

Precontractual

Circular conjunta de la PGN y CGR

La Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República emitieron la Circular Conjunta No. 01 con orientaciones clave para garantizar la transparencia y la correcta ejecución de los recursos del SGR en el marco de los procesos electorales 2026-2030.

En relación con los proyectos del SGR, se exige el cumplimiento estricto de los principios de planeación, transparencia, imparcialidad y trazabilidad; la designación de ejecutores debe fundamentarse en criterios legales y técnicos, como capacidades administrativas y financieras y desempeño en la ejecución de recursos, cuya falta de motivación puede acarrear sanciones disciplinarias; además, la Procuraduría y la Contraloría actuarán coordinadamente para ejercer control preventivo y fiscal, formulando advertencias ante riesgos de pérdida patrimonial, y las entidades ejecutoras deberán utilizar la plataforma SECOP para gestionar la contratación y publicar inmediata y completamente los documentos de los proyectos, entre otras acciones.

circular-conjunta-01-2026_BP.pdf

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¿CÓMO Y EN QUÉ ORDEN SE DEBEN APLICAR LOS CRITERIOS DE DESEMPATE?

12 Feb 2026

Precontractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

Colombia Compra Eficiente aclara que, en caso de presentarse una situación de empate entre dos o más oferentes en un proceso de selección, la entidad debe proceder aplicando el primer criterio de desempate establecidos en la Ley 2069 de 2020. ​ Si el empate persiste, ya sea porque ambos oferentes cumplen con el primer factor o porque ninguno lo acredita, la entidad deberá aplicar el siguiente criterio de desempate de manera sucesiva y excluyente. ​ Este procedimiento se repetirá con cada uno de los factores de desempate establecidos, evaluando de forma separada la acreditación de cada criterio por parte de los oferentes, hasta que se determine la oferta ganadora. ​ En caso de que el empate persista tras agotar todos los criterios, se aplicará el método aleatorio previamente definido en los pliegos de condiciones o documentos equivalentes. ​

C-239_BP.pdf

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LA AFECTACIÓN DE LA GARANTÍA DE UN CONTRATO DEBE ESTAR PRECEDIDA POR UN DEBIDO PROCESO 

11 Feb 2026

Contractual

Sentencia del Consejo de Estado

En reciente sentencia, el Consejo de Estado concluyó que las entidades públicas deben adelantar un procedimiento previo, conforme al artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, para declarar el incumplimiento de un contrato estatal y hacer efectiva la garantía correspondiente.
En el caso analizado, se reprochó a la entidad haber decidido afectar de plano la garantía de buen manejo y correcta inversión del anticipo sin que mediara audiencia del afectado ni se garantizara el ejercicio del derecho de defensa y contradicción, vulnerando así el debido proceso consagrado en la Constitución y la ley. En consecuencia, consideró que dicha violación era suficiente para desvirtuar la presunción de legalidad del acto administrativo y que el administrado no tenía la carga de demostrar que habría podido obtener un resultado diferente en la actuación si se le hubiera garantizado el derecho de audiencia.

73.138_BP.pdf

¿PUEDEN SER TENIDOS EN CUENTA LOS PREPENSIONADOS PARA ACCEDER AL CRITERIO DE DESEMPATE POR VINCULACIÓN DE PERSONAS EN EDAD DE PENSIÓN NO PENSIONADAS?

11 Feb 2026

Precontractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

De acuerdo con la interpretación literal del artículo 35.4 de la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación en el Decreto 1860 de 2021, los prepensionados no son considerados sujetos del criterio de desempate por vinculación en mayor proporción de personas mayores que no sean beneficiarias de pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la ley.
La norma dispone que este factor aplica exclusivamente a favor del oferente que acredite la vinculación en mayor proporción de personas que cumplan dichas condiciones. Por lo tanto, los prepensionados quedan excluidos de este incentivo conforme a la reglamentación vigente.
 

C-070_BP.pdf

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ALCANCE DEL FACTOR DE DESEMPATE PARA PERSONAS EN PROCESO DE REINCORPORACIÓN

11 Feb 2026

Precontractual

Concepto CCE

Colombia Compra Eficiente precisó que el factor de desempate previsto en el numeral 6 del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 solo aplica a quienes se encuentren efectivamente en proceso de reintegración o reincorporación, conforme a lo reglamentado en el Decreto 1860 de 2021.
La Agencia aclaró que la condición debe acreditarse con los documentos expresamente señalados en la norma, y que las entidades pueden definir en el pliego la forma de acreditación, respetando el principio de proporcionalidad. Asimismo, indicó que quienes ya hayan culminado formalmente su proceso, mediante acto administrativo, no pueden acceder a este factor de desempate, pues dejan de estar dentro del supuesto legal previsto

C-117-2024.pdf

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¿QUÉ SE ENTIENDE POR “PERSONAS MAYORES” PARA LA LEY 2069 DE 2020?

11 Feb 2026

Precontractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

En reciente concepto, Colombia Compra Eficiente aclara que, cuando la Ley 2069 de 2020 se refiere a “personas mayores” para efectos de la aplicación del criterio de desempate, debe entenderse por aquellas personas que: i) Han cumplido la edad mínima para acceder a la pensión de vejez, según el régimen legal vigente; ii) no son beneficiarias de pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y; iii) están vinculadas laboralmente al oferente en el proceso de contratación pública.

C-1000_BP.pdf

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APLICACIÓN DEL FACTOR DE DESEMPATE POR VINCULACIÓN DE ADULTOS MAYORES

11 Feb 2026

Precontractual

Concepto CCE

Colombia Compra Eficiente analizó el alcance del numeral 4 del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, relativo al factor de desempate que favorece al oferente que acredite la vinculación en mayor proporción de personas mayores que no sean beneficiarias de pensión y que hayan cumplido la edad para acceder a ella.
La Agencia precisó que el término “proporción” no hace referencia a un número absoluto de trabajadores vinculados, sino a un porcentaje en relación con la planta total de personal del oferente. En consecuencia, se debe preferir al proponente que acredite un porcentaje mayor, no necesariamente una mayor cantidad nominal.
El concepto reafirma que los factores de desempate deben aplicarse de forma objetiva, conforme al principio de selección objetiva y dentro de los límites fijados por la ley y su reglamentación.

C-179-2023.pdf

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¿CÓMO SE ACREDITA LA CONDICIÓN DE MUJER CABEZA DE FAMILIA O VÍCTIMA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR PARA ACCEDER A FACTORES DE DESEMPATE?

11 Feb 2026

Precontractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

La verificación de la condición de mujer cabeza de familia se realiza mediante una declaración ante notario, conforme al artículo 2 de la Ley 82 de 1993, en la cual se deben expresar las circunstancias básicas del caso, sin que se generen costos notariales para la declarante.  Por otro lado, la condición de mujer víctima de violencia intrafamiliar se acredita mediante una medida de protección expedida por la autoridad competente, como el comisario de familia, el juez civil municipal o promiscuo municipal, o la autoridad indígena en casos de violencia intrafamiliar en comunidades indígenas, según lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1257 de 2008.  

En ambos casos, los documentos deben ser presentados de manera completa e íntegra junto con la oferta, antes del cierre del proceso de selección, ya que estos factores de desempate son insubsanables y determinan la adjudicación del contrato en caso de empate.
 

C-736_BP.pdf

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FACTOR DE DESEMPATE PARA JÓVENES DEL ICBF ES DE OBLIGATORIA APLICACIÓN CONFORME A LA LEY 2479 DE 2025

11 Feb 2026

Precontractual

Concepto de Colombia Compra Eficiente

El artículo 22 de la Ley 2479 de 2025, que modificó el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, estableció un criterio de desempate para preferir la propuesta presentada por: (a) jóvenes Egresados del Sistema de Protección del ICBF; (b) persona jurídica con más del 50% de composición accionaria o cuota parte constituida por jóvenes egresados del Sistema de Protección del ICBF; o (c) proponente plural con al menos un 25% de participación de una persona Egresada del Sistema de Protección del ICBF o persona jurídica con participación mayoritaria de jóvenes egresados del Sistema de Protección del ICBF.

Al respecto, Colombia Compra Eficiente señaló que este solo adiciona un criterio de desempate y no requiere reglamento para su aplicación, por lo que es exigible desde la promulgación de la ley y aplica a los procesos de selección iniciados desde el 15 de julio de 2025. Además, el artículo 22 no fija un medio específico de acreditación, así que la entidad contratante debe definir, según la normativa aplicable, si exige documento especial o hay libertad probatoria.
 

C-1119_BP.pdf

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